Urgencia Fiscal II: Se acerca el nuevo plazo para Ganancias y el Senado acelera los trámites
Cambio Global


Avances en el tratamiento de Inocencia Fiscal II
A medida que el Senado comienza a evaluar Inocencia Fiscal II, los asesores fiscales están atentos a la inminente fecha de vencimiento de la segunda prórroga otorgada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) para la presentación de las declaraciones juradas del impuesto a las Ganancias del período 2025. Este martes, la Comisión de Presupuesto y Hacienda discutirá el proyecto que recibió luz verde en la Cámara de Diputados, incorporando las sugerencias de un grupo de contadores que se reunieron con el ministro de Economía, Luis Caputo, con el fin de hacer la normativa más accesible y segura para los contribuyentes.
La urgencia por completar el proceso legal antes del 22 de septiembre es palpable, aunque muchos contadores consideran que podría ser necesaria una nueva extensión del plazo. Además, el 24 de septiembre marca el vencimiento del primer anticipo de Ganancias para 2026, que se calculará en base al impuesto liquidado en 2025. Ana María Kaiser, integrante del equipo de consultoría de Caputo, expresó en la red social X su preocupación por el avance lento del Senado: "Domingo, seguimos a la espera que esta semana se incluya en agenda del Senado Inocencia Fiscal II y se le dé un tratamiento rápido porque los días pasan y las declaraciones juradas quedan".
Modificaciones clave en el régimen de Ganancias
La nueva normativa de Ganancias Simplificado permitirá a los contribuyentes liquidar el impuesto sin la necesidad de presentar una declaración de bienes. El enfoque de ARCA se centrará en verificar la coherencia entre la facturación y los gastos de cada persona. Si el organismo sospecha de evasión fiscal, deberá demostrarlo, lo que facilita a los contribuyentes declarar ahorros que no estén depositados en bancos, bajo la presunción de que se adquirieron en períodos de restricciones cambiarias.
Entre las modificaciones más relevantes se encuentra la eliminación de los límites de ingresos y patrimonio que la versión original imponía, permitiendo que cualquier persona que no sea catalogada como "Gran Contribuyente Nacional" por ARCA pueda optar por este régimen. Asimismo, se establecen nuevos parámetros para definir discrepancias significativas y se exige la bancarización de todas las operaciones cotidianas, aunque se contempla una excepción temporal para transacciones inmobiliarias en efectivo hasta finales de 2027.

